Conciliación de la vida laboral y familiar

Conciliar la vida laboral con la familiar no debería ser un privilegio, sino un derecho accesible y respetado. Sin embargo, muchas personas siguen encontrando dificultades para equilibrar su trabajo con el cuidado de hijos, familiares mayores o situaciones personales complejas.

Afortunadamente, la legislación española contempla distintas opciones para ayudarte a lograr ese equilibrio: desde la adaptación de la jornada laboral hasta reducciones o excedencias. En este artículo te explicamos, de forma clara y cercana, qué derechos te amparan y cómo puedes solicitarlos.

¿Qué entendemos por conciliación laboral y familiar?

La conciliación no se trata solo de “salir antes de trabajar”, sino de poder vivir de forma digna y saludable. Es tener tiempo para cuidar de tus hijos, acompañar a tus mayores, acudir a una cita médica sin estrés… y saber que tus derechos están protegidos por ley.

Por eso, el Estatuto de los Trabajadores recoge varias medidas que permiten a las personas trabajadoras adaptar su jornada o incluso suspender temporalmente su actividad laboral para atender responsabilidades familiares.

Medidas clave de conciliación: lo que debes saber

Adaptación de jornada laboral (art. 34.8 ET)

Tienes derecho a solicitar adaptaciones razonables y proporcionadas de tu jornada para cuidar de familiares. Puede incluir cambios en horarios, jornada continua o incluso teletrabajo.

No hace falta que tu solicitud esté recogida en un convenio colectivo. Solo necesitas que esté justificada por necesidades de conciliación. La empresa puede negociar, pero debe responder por escrito y justificar su decisión.

 Ver artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores

Reducción de jornada por guarda legal (art. 37.6 ET)

Si tienes a tu cargo a un hijo menor de 12 años, una persona con discapacidad o un familiar dependiente, puedes solicitar una reducción de jornada de entre un octavo y la mitad, con reducción proporcional del salario.

La concreción horaria te corresponde a ti, aunque debe hacerse de forma razonable. La empresa solo podrá oponerse si demuestra que hay causas organizativas de peso.

Ver artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores

conciliación laboral y familiar en España

Excedencia por cuidado de hijos o familiares (art. 46.3 ET)

Tienes derecho a solicitar una excedencia:

  • Por cuidado de hijos hasta que cumplan 3 años.
  • Por cuidado de familiares hasta segundo grado que no puedan valerse por sí mismos.

Durante el primer año se garantiza la reserva de tu puesto. A partir de ahí, se conserva un puesto del mismo grupo profesional.

Ver artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores

¿Cómo se solicitan estas medidas?

Aunque puede parecer complejo, el proceso es más sencillo de lo que crees. Lo más importante es documentar bien tu situación y comunicarte por escrito con tu empresa.

Para la adaptación o reducción de jornada:

  • Haz una solicitud por escrito explicando tu situación y proponiendo un horario.
  • Si puedes, adjunta justificantes (libro de familia, certificado de discapacidad, etc.).
  • Intenta hacerlo con al menos 15 días de antelación.

Para una excedencia:

  • Presenta una solicitud con fechas de inicio y fin.
  • Adjunta la documentación que acredite la necesidad de cuidado.
  • Recuerda que no es necesario que la empresa apruebe la excedencia: es un derecho reconocido.

¿Y si la empresa no acepta o responde negativamente?

Aunque lo ideal es llegar a acuerdos dialogados, la ley te protege frente a respuestas injustificadas. Si la empresa rechaza tu solicitud sin motivos razonables, puedes:

  1. Acudir a los servicios de mediación laboral de tu comunidad autónoma.
  2. Presentar una demanda ante el juzgado de lo social.

En ambos casos, es recomendable contar con asesoramiento legal.

Más información sobre derechos laborales en el Consejo General del Poder Judicial

Novedades recientes en conciliación

En los últimos años se han reforzado los derechos de conciliación con nuevas medidas, entre ellas:

  • Permiso por fuerza mayor familiar: puedes ausentarte del trabajo por motivos familiares urgentes, como un accidente o enfermedad grave de un familiar.
    Ver artículo 37.9 del Estatuto
  • Plan Corresponsables: impulsado por el Ministerio de Igualdad, promueve servicios de apoyo para el cuidado de menores, especialmente en familias monoparentales o vulnerables.
    Plan Corresponsables – Ministerio de Igualdad

Conciliar no es un lujo, es una necesidad. Y la ley está de tu lado para ayudarte a lograrlo. Ya sea a través de una jornada flexible, una reducción o una excedencia, tienes derecho a cuidar sin miedo a perder tu empleo o tus ingresos.

Nosotros, desde Oviedo, te ayudamos a ejercer tus derechos de conciliación de forma segura y bien documentada. Si tienes dudas o necesitas apoyo legal, contacta con nuestro equipo.

Te dejamos algunas preguntas frecuentes sobre conciliación laboral

  1. ¿Puedo solicitar conciliación si trabajo a tiempo parcial?

Sí. Puedes pedir adaptación o reducción de jornada igualmente, aunque el impacto salarial puede ser mayor.

  • ¿Pierdo mi antigüedad si pido una excedencia?

No. La antigüedad se conserva, aunque no se genera durante el tiempo que estés de excedencia.

  • ¿Me pueden despedir si solicito una reducción de jornada?

No. Cualquier despido vinculado a la solicitud de medidas de conciliación puede considerarse nulo por discriminación.

  • ¿La empresa puede negarse si no tiene medios para reorganizar?

Puede oponerse, pero debe justificarlo objetivamente. Si no lo hace, puedes reclamar por vía judicial.

  • ¿Y si tengo la custodia compartida?

Puedes solicitar igualmente medidas de conciliación, ya que el cuidado compartido sigue generando responsabilidades.

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